Como hemos comentado, cuando una persona acepta una herencia, hereda derechos y obligaciones.

En su totalidad, como conjunto. Todos. Esto quiere decir que no cabe la renuncia únicamente a parte de la herencia y aceptar el resto.

La renuncia, al igual que la aceptación, debe hacerse ante Notario y en escritura pública. Por lo tanto, aunque se renuncie a la herencia no se evita el coste notarial y de registro.