Como tal implica una discrepancia entre el empresario y sus trabajadores como consecuencia de un aspecto laboral y que afecta a los intereses de éstos.

Puede surgir por motivo de interpretación y/o aplicación de una norma general o establecida en el convenio colectivo o derivada de otro tipo de acuerdos o decisiones tomadas en el seno de la relación laboral y que sea de aplicación colectiva. Es decir, no hablamos de conflicto colectivo cuando esta discrepancia se produce entre el empresario y uno solo de sus empleados o empleadas.

También puede derivarse de un conflicto de intereses al querer modificar o sustituir una norma determinada que estaba activa hasta el momento.

Un conflicto colectivo puede promoverse por los sindicatos, asociaciones empresariales, los propios empresarios y sus órganos de representación legal o sindical, por las Administraciones Públicas o representativas de los trabajadores, etc. por lo que puede derivar en un proceso complejo de resolverse y con intereses múltiples o contrapuestos.

Para tramitar y resolver el conflicto colectivo es preciso seguir un procedimiento legal específico que se inicia con un intento de conciliación o de mediación, interviene la Autoridad Laboral y el órgano administrativo provincial competente y, caso de no alcanzarse un acuerdo, puede derivar en un procedimiento judicial posterior.

Por ello, te recomendamos contar con asesoramiento y apoyo experto antes de afrontar una situación de este tipo.

En ANITUA Soluciones Legales analizamos contigo las causas y posibles soluciones que puedan darse a tu conflicto, estamos contigo o en tu nombre en las sesiones de mediación o conciliación y interpretamos de manera cercana la normativa que pueda afectarte en cada caso.

Y si el conflicto no finaliza con un acuerdo óptimo para ti, nos encargamos de representar y defender tus intereses en el procedimiento judicial correspondiente.

 

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