El Tribunal Supremo determinó en Octubre de 2018 que cualquier perjudicado por una cláusula suelo, además de reclamar a su banco por el exceso de intereses pagado desde la aplicación de dicha cláusula, también puede solicitar la devolución de los importes de la escritura otorgada ante Notario para inscribir su hipoteca, pues no son repercutirles al consumidor sino a la entidad aseguradora como único beneficiada de que el contrato hipotecario se eleve a público y se inscriba.
Esto es así porque al estar inscrita la hipoteca en el Registro público de la Propiedad, en el que se reconoce al banco su titularidad sobre ésta, le permitiría ejecutar el título de hipoteca directamente en caso de impago por parte del consumidor, evitando tener que acudir a un procedimiento judicial expreso.
Si, como consumidor afectado por una hipoteca con una cláusula suelo, quieres reclamar gastos derivados de la formalización de tu hipoteca, y además con intereses, recaba toda la información de que dispongas sobre:
- Facturas de Notaría y del Registro de la Propiedad
- El importe del impuesto de actos jurídicos documentados
- Los de tasación de la vivienda
- Los gastos de gestoría en el caso de que el banco le hubiera impuesto una
- Los del informe de cancelación de cargas
… y te acompañamos y asesoramos durante todo el proceso.