Certificado de defunción, emitido por el Registro Civil,
Certificado de últimas voluntades emitido por la Dirección de Registros del Ministerio de Justicia, y o bien copia del testamento, o en ausencia de este, el acta de declaración de herederos, que es un documento notarial que tiene por objeto recopilar la información y averiguar quién es el sucesor que designa la ley y así que puedan tener un documento que lo justifique esa designación.
A partir de aquí se necesitará recopilar toda la información de los bienes que deberán ser objeto de reparto, obtenidos de justificantes y certificados bancarios, de escrituras, información registral o catastral, etc, al que aplicar las disposiciones testamentarias y legales oportunas.